Ultimo Parrafo.
Artículo 75° Fracción IV Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripcion: Los sujetos obligados deberán informar al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California Sur, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet y Plataforma Nacional, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
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