CONVENIOS DE COORDINACIÓN CON LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO
Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;
Artículo 75° Fracción XXXIII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: Todos los sujetos obligados deberán publicar la información relativa a cualquier convenio de coordinación y/o de concertación celebrado con los sectores social y privado, tanto en el ámbito nacional como internacional. En el caso de este último se deberán contemplar de forma enunciativa más no limitativa los convenios celebrados con organismos y organizaciones internacionales que persigan algún interés social o privado.
No Aplica: De conformidad con el Dictamen de la Tabla de Aplicabilidad del ISIFE aprobado por el Pleno del Consejo General esta fracción No Aplica, ya que no se desprende facultad, atribución acorde a lo dispuesto en el articulo 34 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.