PADRÓN DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS
Padrón de proveedores y contratistas.
Artículo 75° Fracción XXXII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos,servicios, obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas, que deberá actualizarse por lo menos cada tres meses.
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